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Custodia compartida, saber en qué condiciones

Hablando de la custodia compartida hace unos días el ministro de Justicia, Alberto Ruiz Gallardón se comprometió a presentar en el plazo de seis meses una Ley nacional de Custodia Compartida y de esta forma cambiar el Código Civil que predispone para que se ejerza, en casos de separaciones y divorcios la monoparentalidad, (el que sea uno de los padres el que ejerza la custodia); que normalmente ha sido ejercida por la madre.

La regulación de la custodia compartida se da por primera vez en la reforma de la ley Ley 15/2005, de 8 de julio, por la que se modifican el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio, pero la realidad es que se da de forma minoritaria aunque tiene grandes beneficios para el menor pero por desgracia, muchas veces en una separación se dan prioridad a los intereses económicos o personales de los adultos y no de los pequeños.

La custodia compartida ha generado desacuerdos en diferentes sectores y ni siquiera los profesionales logramos ponernos de acuerdo en si es o no recomendable en todos los casos. Hay sectores feministas que la han criticado duramente señalando la importancia de la lactancia y de la estabilidad emocional del menor. Hay una cosa cierta en lo que señalan; un menor tienen que estar con un padre y madre preparado para las funciones que tienen que desempeñar.

Lo que no deja de sorprenderme es que si durante décadas hemos criticado duramente la falta de implicación y de responsabilidad de los hombres en el área de las tareas domésticas, cuidado de los hijos, funciones parentales, y deseamos una máxima igualdad para hombres y mujeres, la custodia exclusiva para la mujer lo único que hace es reforzar ese esquema tradicional de que los hijos son «para la madre», y volvemos otra vez a ser las mujeres las que acabamos sobrecargándonos y mostrando a las nuevas generaciones unos modelos de familia y de hombres y mujeres iguales que aquellos de los que nos quejábamos y que no han hecho ningún bien a padres, madres pero sobre todo a los hijos que lo han vivido. Cuando uno tiene un hijo, buscamos que el padre o la madre se impliquen en esas funciones porque ambos son necesarios y les aportan diferentes habilidades en su desarrollo, y sin embargo ya por ley les quitamos ese derecho y deber; resulta alegórico.

La custodia compartida se entiende como aquella que permite a ambos progenitores ejercer el cuidado y la educación de su hijo de forma similar; es decir, se asegura la relación continuada y frecuente con ambos. Esto no tiene por qué implicar que el hijo vaya de una casa a otra, o que los padres se turnen una casa, sino que las madre y padres ejerzan su derecho y deber del cuidado y responsabilidad del hijo/a de forma equitativa; no condicionada por su sexo sino por su entrega y capacidad (que mayoritariamente se aprende; ninguno nacemos con la «carrera «de ser padre o madre).

La custodia compartida tiene diferentes modalidades como lo es la diversidad y circunstancias de las familias:  hijos que pasan temporadas determinadas en casa de uno u otro padre o madre, hijos que permanecen en la casa y son los padres los que se turnan (una propuesta complicada y a menudo no muy práctica si es para largo tiempo), hijos que viven cotidianamente con uno de los progenitores pero tienen tiempos continuados con el otro por las tardes, fines de semana, etc.

Lo cierto es que actualmente los casos de custodia compartida solo suponen un 5% de los mutuos acuerdo. Como profesional recomendaría la custodia compartida si se dan unas bases:

– Cuando ambos padres han ejercido sus funciones como padres en el cuidado de los hijos; ambos se han responsabilizado, educado, cuidado y estado presente en el desarrollo del menor.

– Cuando entre los dos adultos exista una relación cooperativa; Es decir, que aunque se hayan separado y cada uno ya no es pareja y pueda hacer su vida tienen muy claro que ambos van a seguir teniendo relación como padres para educar a los hijos, y la mantienen de forma cordial, con respeto y voluntad de acuerdo.

– Cuando ambas personas pueden por horario y situación personal-laboral implicarse de forma similar en responder a las necesidades del hijo.

– Viviendas que eviten al menor grandes desplazamientos sería lo recomendable para facilitar una cotidianidad sin grandes cambios y cansancio.

 Con respecto a la situación de los bebés es un tema polémico; ¿se puede ejercer la custodia compartida si un niño todavía está alimentándose de leche materna? Yo he conocido casos que lo llevaban a cabo a través del congelado de dicha leche mediante su extracción.

Mi opinión es que sea o no custodia compartida la estabilidad del menor debe ser siempre la prioridad pero que el contacto con el padre o la madre desde bebé sería necesario así que en los primeros meses de vida se puede mantener contacto continuado. Vuelvo a señalar que es un tema en el que no nos ponemos de acuerdo; hay profesionales que señalan que a partir de los 3 años de edad se podría empezar a dormir fuera. Yo creo que se puede comenzar antes y eso no tienen por qué desequilibrar al menor porque si un padre o una madre tiene capacidad la ejercerá en la edad que sea.

Para finalizar por mi experiencia profesional y personal quiero señalar que lo que más desestabiliza a un menor es el conflicto continuado entre sus padres; ver las peleas, el no ponerse de acuerdo, el chantajearle, sentirse culpable, etc. Eso les hace muchísimo daño y les genera mucha ansiedad. Qué mejor que podamos compartir y ejercer las funciones como padres y madres, como personas necesarias en la vida de nuestros hijos y modelos de hombres y mujeres con capacidades y responsabilidades; esto implica esfuerzo, dedicación, aprendizaje, apertura, comunicación, flexibilidad y mucho, mucho respeto y amor.

akanapsicologia.com

Hace más 20 años empecé a acompañar a personas que han sufrido y siguen sufriendo. Me licencié en Psicología y he realizado diferentes Máster relacionados con la práctica clínica, las relaciones familiares y el Trastorno Límite de Personalidad. Mi trabajo ha sido la atención psicoterapeutica en el Ayuntamiento y la Comunidad de Madrid, en diferentes Organizaciones y Fundaciones y en la consulta privada. En estos años he trabajado con traumas en la infancia y en la vida adulta, relaciones de dependencia, duelos, depresión, ansiedad que impiden que la persona pueda ser protagonista de su vida y no una mera marioneta de sí mismo y de los demás. Todo lo vivido, si no se analiza y reflexiona, se vuelve un acumulador de experiencias negativas que nos hace enfermar a nivel mental y nos afecta en la identidad, autoestima e integridad personal. En nuestro Centro Sanitario realizamos terapia individual, de pareja y familiar desde una integración de modelos como es el Cognitivo Conductual, Psicodinámico, Sistémico y EMDR.

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